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jueves, 27 de septiembre de 2018

Impacto Ambiental

Impacto ambiental


El impacto ambiental es el efecto que produce la actividad humana sobre el medio ambiente. El concepto puede extenderse a los efectos de un fenómeno natural catastrófico. Técnicamente, es la alteración en la línea de base ambiental. La ecología es la ciencia que se encarga de medir este impacto y tratar de minimizarlo.

Las acciones de las personas sobre el medio ambiente siempre provocarán efectos colaterales sobre éste. La preocupación por los impactos ambientales abarca varios tipos de acciones, como la contaminación de los mares con petróleo, los desechos de la energía radioactiva o desechos radioactivos/nucleares, la contaminación auditiva, la emisión de gases nocivos, o la pérdida de superficie de hábitats naturales, entre otros.

La evaluación de impacto ambiental (EIA) es un procedimiento por el que se identifican y evalúan los efectos de ciertos proyectos sobre el medio físico y social. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es el documento oficial que emite el órgano ambiental al final del procedimiento de EIA, que resume los principales puntos del mismo y concede o deniega la aprobación del proyecto desde el punto de vista ambiental. La identificación y mitigación de impactos ambientales es el principal objetivo del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. La aplicación de acciones de mitigación, siguiendo la denominada "jerarquía de mitigación", pretende contrarrestar los efectos negativos de los proyectos sobre el medio ambiente.

Tipos de impacto ambiental
La preocupación por los efectos ambientalmente negativos de las acciones humanas surgió en el marco del movimiento conservacionista, en cuyo origen está la preocupación por la naturaleza. Esta preocupación se suma a la ya existente por la salud y el bienestar humano, todos afectados por el desarrollo económico y urbano. Esta dimensión es llamada medio social. Se le considera impacto cuando hay al menos tres tipos de contaminación que son la contaminación del agua, del aire y del suelo.

Impacto ambiental a nivel mundial
La mayor parte de la energía utilizada en los diferentes países proviene del petróleo y del gas natural. La contaminación de los mares con petróleo es un problema que preocupa desde hace muchos años en especial a los países marítimos, sean o no productores de petróleo, así como a las empresas industriales vinculadas a la explotación y comercio de este producto. Desde entonces, se han tomado previsiones técnicas y legales a nivel internacional para evitar o disminuir la ocurrencia de estos problemas.

Los derrames de petróleo en los mares, ríos y lagos producen contaminación ambiental, la que se refleja en daños a la fauna marina, aves, vegetación y aguas. Además, perjudican la pesca y las actividades recreativas de las playas. Se ha descubierto que pese a la volatilidad de los hidrocarburos, sus características de persistencia y toxicidad continúan teniendo efectos fatales debajo del agua. Pero, los derrames por accidentes de tanqueros o barcos que transportan el petróleo, en alta mar o cercanía de las costas, no son los únicos causantes de la contaminación oceánica con hidrocarburos. La mayor proporción de la contaminación proviene del petróleo industrial y motriz, el aceite quemado que llega hasta los océanos a través de los ríos y drenajes urbanos. Se estima que en escala mundial 3.500 millones de litros de petróleo usado entran en ríos y océanos, y 5.000 millones de litros de petróleo crudo o de sus derivados son derramados.

Los productos de desechos gaseosos expulsados en las refinerías ocasionan la alteración, no sólo de la atmósfera, sino también de las aguas, tierra, vegetación, aves y otros animales. Uno de los contaminantes gaseosos más nocivo es el dióxido de azufre, daña los pulmones y otras partes del sistema respiratorio. Es un irritante de los ojos y de la piel, e incluso llega a destruir el esmalte de los dientes.

Otra de las fuentes alternativas de energía desarrollada es la radioactiva, que genera muchos desechos o contaminantes radioactivos provenientes de las reacciones nucleares, de yacimientos de minerales radioactivos, de las plantas donde se refinan o transforman estos minerales y de las generadoras de electricidad que funcionan con materia radiactiva. Todavía no se conoce un método para eliminar estos desechos sin riesgo para el hombre.

Otro de los impactos que genera la explotación de los recursos energéticos es la contaminación acústica. El ruido producido por la industria disminuye la capacidad auditiva y puede afectar significativamente a los sistemas nervioso y circulatorio.

La minería y el procesamiento de minerales a menudo producen impactos ambientales negativos sobre el aire, suelos, aguas, cultivos, flora, fauna y salud humana. Además pueden impactar, tanto positiva como negativamente, en varios aspectos de la economía local, tales como el turismo, la radicación de nuevas poblaciones, la inflación, etc. En el pasado, las empresas no siempre fueron obligadas a remediar los impactos de estos recursos. Como resultado, mucho de los costos de limpieza han debido ser subsidiados por los contribuyentes y los ciudadanos locales. Este papel presenta los costos representativos de numerosas actividades de remediación. Con frecuencia, el ítem más costoso a largo plazo es el tratamiento del agua. El uso de garantías financieras o seguros ambientales puede asegurar que el que contamina, paga por la mayoría de los costos.

Otra cuestión a tener en cuenta con respecto al impacto medioambiental de la obtención y consumo energéticos, es la emisión de gases de efecto invernadero como el CO2, los cuales están provocando el Cambio Climático. Se trata no sólo de las emisiones producidas por la combustión durante el consumo -como por ejemplo al quemar gasolina al utilizar un coche
Impactos ambientales de la guerra y el uso bélico del uranio empobrecido
Ni los gobiernos ni las fuerzas armadas han dimensionado los impactos humanitarios, ambientales y económicos que generan las guerras modernas, tanto en el largo plazo como de forma inmediata. Las guerras recientes han generado una mayor cantidad de víctimas civiles así como también una crecientes e irreversibles series de impactos ambientales.

Cuando una bomba explota, genera temperaturas sobre 1000 °C, lo que junto a la fuerza explosiva no sólo aniquila infraestructura, flora, fauna y personas, también destruye la estructura y composición de los suelos, los que demoran cientos y hasta miles de años en regenerarse. Es importante considerar los nuevos tipos de balas y proyectiles que contienen elementos radiactivos en su manufactura, los Estados Unidos ya los estuvieron usando en la guerra del golfo Pérsico.

A los terribles daños de las bombas, explosiones e incendios que le siguen, se le suman los impactos de las explosiones de los "objetivos estratégicos", tales como los complejos industriales. En la reciente guerra de los Balcanes, el bombardeo de una fábrica de plásticos y otra de amoníaco, lanzó a la atmósfera dioxinas y tóxicos como cloro, bicloroetileno, cloruro de vinilo, causando además efectos directos sobre la vida humana, y con consecuencias residuales sobre el ambiente.

En el caso de Irak hay que considerar los impactos del derramamiento y la quema intencional de petróleo. El incendio de los pozos petroleros está generando una grave contaminación atmosférica, terrestre, de aguas superficiales y subterráneas.

Los impactos sobre el ecosistema y la salud de la población debido a los niveles letales de dióxido de carbono, azufre e hidrocarburos, por mencionar algunos, son graves. Los incendios en 500 pozos de petróleo durante la anterior guerra del Golfo lanzaron a la atmósfera 3 millones de toneladas de humo contaminante. La nube cubrió 100 millones de kilómetros cuadrados, afectando el territorio de 4 países y provocando enfermedades respiratorias a millones de personas. Los derrames mataron a más de 30 000 aves marinas, contaminaron 20% de los manglares y la actividad pesquera se arruinó.

Según el World Resources Institute, los residuos tóxicos de la guerra del Golfo afectarán a la industria pesquera local "por más de 100 años", a lo que debemos sumar los impactos de la guerra actual al ecosistema agrícola y las cuencas de los ríos Tigris y Éufrates, entre otros, de los que dependen casi todas las actividades económicas del país.

Finalmente, se espera que Estados Unidos, tal como en la guerra del Golfo, vuelva a usar municiones con uranio empobrecido (depleted uranium-DU) en aviones, tanques, cañones antitanques y minas terrestres por su densidad y capacidad de penetración. Estas municiones explotan, arden al atravesar el blanco, aumentando su poder destructivo, y generan gran dispersión de óxido de uranio a la atmósfera, contaminando químicamente el ambiente y afectando a los seres humanos. Diversos informes señalan que en Irak, la contaminación química y radiactiva del uranio empobrecido es responsable del gran aumento de abortos, malformaciones genéticas, leucemia infantil y cáncer en el sur de este país, justamente cerca de la recién bombardeada ciudad de Basora, donde en 1991 se utilizó la mayor cantidad de municiones del letal elemento.
Impactos sobre el medio social

Los impactos sobre el medio social contribuyen a distintas dimensiones de la existencia humana. Se pueden distinguir:
  • Efectos económicos. Aunque los efectos económicos suelen ser positivos desde el punto de vista de quienes los promueven, pueden llevar equivalentes consecuencias negativas para otros colectivos, especialmente sobre segmentos de la población desprovistos de influencia.
  • Efectos socioculturales. Alteraciones de los esquemas previos de relaciones sociales y de los valores, que vuelven obsoletas las instituciones previamente existentes. El desarrollo turístico de regiones subdesarrolladas es ejemplar en este sentido. En algunos casos, en países donde las instituciones políticas son débiles o corruptas, el primer paso de los promotores de una iniciativa económica es la destrucción sistemática de las instituciones locales, por la introducción del alcoholismo o la creación artificiosa de la dependencia económica, por ejemplo distribuyendo alimentos hasta provocar el abandono de los campos.

Los efectos culturales suelen ser negativos, por ejemplo, la destrucción de yacimientos arqueológicos por las obras públicas, o la inmersión de monumentos y otros bienes culturales por los embalses. Por el contrario, un efecto positivo sería el hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos durante las excavaciones y los movimientos de tierra que se realizan en determinadas obras. Un claro ejemplo lo constituye el yacimiento de Atapuerca (Burgos, España) que fue descubierto gracias a las trincheras que se excavaban durante las obras del ferrocarril.

Efectos tecnológicos. Innovaciones económicas pueden forzar cambios técnicos. Así, por ejemplo, uno de los efectos de la expansión de la agricultura industrial es la pérdida de saberes tradicionales, tanto como de estirpes (razas y cultivares), y la dependencia respecto a “inputs” industriales y agentes de comercialización y distribución.
Efectos sobre la salud. En la Inglaterra de los siglos XVIII y XIX, la migración de la población del campo a las ciudades, activamente promovida por cambios legales, condujo a condiciones de existencia infrahumanas y expectativas de vida muy bajas. El desarrollo de normas de urbanismo y de salud laboral, así como la evolución de las relaciones de poder en un sentido menos desfavorable para los pobres, ha moderado esta situación, pero sin resolver todos los problemas. La contaminación atmosférica, tanto la química como la acústica, siguen siendo una causa mayor de morbilidad. Un ejemplo extremo de las dimensiones que pueden alcanzar los efectos lo proporciona la contaminación del agua subterránea en Bangladés, donde unos cien millones de personas sufren irremediablemente de intoxicación crónica y grave por arsénico, por un efecto no predicho, e impredecible, de la expansión de los regadíos.

Impacto sobre el medio social local.
El Urbanismo en general, si no es tomado por políticas enmarcadas en las Evaluaciones de Impacto Ambiental, traen como consecuencias problemas en la vida social en  la medida en que afecten negativamente en Parques , Cauces fluviales , Zonas verdes, enclaves de zonas de esparcimiento para la población, zonas turísticas, etc.

Impactos sobre el sector productivo
La degradación del medio ambiente incide en la competitividad del sector productivo a través de varias vertientes, entre otras:

(I) Falta de calidad intrínseca a lo largo de la cadena de producción.
(II) Mayores costos derivados de la necesidad de incurrir en acciones de remediación de ambientes contaminados.
(III) Efectos sobre la productividad laboral derivados de la calidad del medio ambiente.

También afectan la competitividad la inestabilidad del marco regulatorio en materia ambiental y la poca fiscalización por parte de las autoridades, lo cual conduce a incertidumbre jurídica y técnica. Esto puede influir en costos adicionales en lo que deben incurrir las empresas para demostrar que los productos o servicios son limpios o generados amigablemente con el medio ambiente.

Nueva tecnología, nuevos problemas
Constantemente surgen nuevos dispositivos tecnológicos que facilitan el día a día y ofrecen un mayor número de servicios, pero seguro que no nos detenemos a pensar lo que sucede con los artefactos tecnológicos que ya no usamos, que han quedado en desuso y se han convertido en chatarra. Desde lo más simple, pasando por lo cotidiano, hasta nuestro mundo digital, producen un gran impacto en el medio ambiente.

Móviles, GPS, PDA, ordenadores, portátiles, grabadores, iPod, y así una larga lista, han facilitado nuestras funciones, pero, una vez que los dejamos de utilizar, se convierten en parte de la contaminación tecnológica. Cada uno de estos accesorios ha sido construido con plaquetas que contienen pequeñas cantidades de plomo, que arrojadas al suelo y no dándoles un tratamiento adecuado pueden llegar a causar contaminación con grandes consecuencias ecológicas. La solución a este problema no es muy lejana, pues no es demasiado complicada la separación adecuada de desechos. Utilizando los come-baterías para arrojar viejas baterías, que son enormemente contaminantes, y separando todos los artefactos tecnológicos para luego llevarlos a un centro de reciclado especializado, o incluso fábricas donde se pueden volver a reutilizar, se puede evitar que esas placas terminen en un basurero a cielo abierto, siendo incinerados y dañando enormemente nuestra capa de ozono.

Para poder entender la contaminación que la tecnología aporta, un artículo de Jaime Escobar Aguirre, experto en informática, apoyado en estudios de la consultora Gartner, concluyó que “la industria de la información y las comunicaciones contaminaban igual que la aviación comercial. Los niveles emitidos de dióxido de carbono son iguales entre ambas industrias, de lo que se deduce que la industria de la información es responsable del 2 % del dióxido de carbono emitido por todo el planeta”.

Si no se da un rápido remedio a esto, las consecuencias son incalculables. Si hoy día sufrimos las sofocantes subidas de temperaturas por el cambio climático, causa pavor imaginar lo que sucederá cuando las aguas estén contaminadas, el cielo desprotegido y los rayos ultravioleta caigan directamente sobre nosotros.

El ecologista Brucce Buleje, en uno de sus artículos en la Web “legox”, se mostró preocupado por estas consecuencias, e incita a la gente a que tome conciencia de esta manera: “Para que cambiemos toda esta pena de muerte hacia donde estamos auto condenándonos, debemos de parar de contaminar nuestros cielos, nuestras aguas, nuestros mares, nuestras tierras. Salvemos el planeta y salvaremos nuestros hábitat”.

Riesgos derivados de la contaminación tecnológica
Los productos químicos utilizados en la industria tecnológica, como por ejemplo la electrónica, afectan la salud de los trabajadores expuestos a ellos en el proceso de fabricación y manipulación, causando problemas respiratorios y afectando algunos órganos del cuerpo. Su uso provoca la contaminación del entorno en el que interactúa la industria. Quizás algunos de los componentes más contaminantes en el mundo tecnológico actual sean las pilas y baterías, utilizadas en todos los aparatos electrónicos de consumo masivo. La diversidad y tecnología de las baterías han sido de tal magnitud que se han convertido en el componente más conocido y utilizado en cualquier aparato de consumo. Algunos retardantes de fuego bromados son usados en tarjetas de circuito impreso y cubiertas de plástico, las cuales no se desintegran fácilmente y se acumulan en el ambiente. La exposición a largo plazo a estos compuestos puede afectar e interferir con algunas funciones hormonales del cuerpo.

El mercurio que se utiliza en los monitores de pantalla plana como dispositivo de iluminación puede dañar funciones cerebrales sobre todo el desarrollo temprano (véase envenenamiento por mercurio).

Se utilizan compuestos de cromo hexavalente en la producción de cubiertas de metal para los aparatos electrónicos, y estos compuestos son altamente tóxicos y cancerígenos para los humanos.

El PVC es un plástico que contiene cloro, y se utiliza en algunos productos electrónicos para aislar cables y alambres. Estos químicos son altamente persistentes en el ambiente y son muy tóxicos incluso en muy bajas concentraciones.

Otro riesgo preocupante, que más que riesgo ya se ha convertido en realidad, es el cambio climático. Con respecto a este problema, grandes personalidades mundiales han tomado partido en el asunto. Una de esas figuras ha sido el ex vicepresidente estadounidense Al Gore, que se basa en que el cambio climático es consecuencia de la actividad industrial que produce emisión de CO2 a la atmósfera. Con esto, su letanía actual es del tipo: "No hay algo más urgente en la actualidad que controlar las emisiones de CO2 a la atmósfera”, afirma en su documental Una verdad incómoda, que presentó en sociedad en el año 2006 y que hoy circula por toda la red.

Aspecto técnico y legal
El término impacto ambiental se utiliza en dos campos diferenciados, aunque relacionados entre sí: el ámbito científico-técnico y el jurídico-administrativo. El primero ha dado lugar al desarrollo de metodologías para la identificación y la valoración de los impactos ambientales, incluidas en el proceso que se conoce como Evaluación de Impacto Ambiental (EIA); el segundo ha producido una serie de normas y leyes que obligan a la declaración del impacto ambiental y ofrecen la oportunidad, no siempre aprovechada, de que un determinado proyecto pueda ser modificado o rechazado debido a sus consecuencias ambientales (véase Proyecto técnico). Este rechazo o modificación se produce a lo largo del procedimiento administrativo de la evaluación de impacto. Gracias a las evaluaciones de impacto, se estudian y predicen algunas de las consecuencias ambientales, los impactos que ocasiona una determinada acción, permitiendo evitarlas, atenuarlas o compensarlas.

Clasificación de los impactos
Tras ser identificados, los impactos ambientales han de ser evaluados para estimar su importancia o significatividad. Esto se hace atendiendo a distintos aspectos o características de los mismos, entre los que destacan:

Naturaleza: se distinguen impactos positivos (si producen efectos beneficiosos sobre el medio) y negativos (si producen efectos perjudiciales sobre el medio).
Tipo de impacto: en general, los impactos causados por un proyecto pueden ser directos (si están ocasionados directamente por la ejecución del proyecto), indirectos (si están causados por el proyecto pero ocurren muy distanciados de éste en el tiempo o en el espacio) y/o acumulativos (si resultan de la suma de efectos ocasionados por otros proyectos o actividades pasados, presentes o previstos). Cuando los impactos acumulativos acaban provocando efectos mayores que la simple suma de sus partes (por ejemplo, pérdidas de hábitat que acaban causando la desaparición de una comunidad silvestre) se habla de impactos sinérgicos.
Magnitud: hace referencia al tamaño o la cantidad de elementos afectados por el impacto. Por ejemplo, el aumento en el número de atropellos de animales al construir una nueva carretera.
Extensión: es la superficie de terreno afectada por un impacto. A veces es sinónimo de magnitud, cuando el elemento afectado es un territorio (por ejemplo, superficie de hábitat transformado en área industrial).
Intensidad: puede definirse como la fuerza o la profundidad del daño causado sobre un elemento. Por ejemplo, el impacto negativo sobre el suelo será más intenso en el caso de una excavación que en el de un desbroce de la vegetación.
Duración: en general, se distingue entre impactos temporales (aquellos que tras un período determinado desaparecen, permitiendo la vuelta del entorno a su estado original, como por ejemplo el ruido causado por la perforación de un túnel) y permanentes (aquellos que no desaparecen del medio, como por ejemplo la inundación de terrenos tras la construcción de una presa). Además, un impacto temporal puede ser de distinta duración; habitualmente se considera de corta duración si desaparece en los 9 primeros años tras la finalización del proyecto que lo ocasionó, de duración media si tarda entre 10 y 19, y de larga duración si desaparece más de 20 años después de que el proyecto haya sido concluido. La duración de los impactos no siempre es la misma que la del proyecto que los origina.
Frecuencia: hace referencia a la asiduidad con la que aparece un determinado impacto. Así, un impacto puede ser puntual (si aparece una única vez) o periódico (si se repite varias veces en el tiempo).
Reversibilidad: se distinguen impactos reversibles (si las condiciones originales del medio afectado pueden recuperarse, ya sea de forma natural o a través de la acción humana) e irreversibles (si no es posible recuperar la línea de base, ni siquiera a través de acciones de restauración ambiental).
Certeza de la predicción: hace referencia a la probabilidad de que realmente ocurran los impactos que se predicen.

Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es el proceso formal empleado para predecir las consecuencias ambientales de una propuesta o decisión legislativa, la implantación de políticas y programas, o la puesta en marcha de proyectos de desarrollo.

La Evaluación de Impacto Ambiental se introdujo por primera vez en Estados Unidos en 1969 como requisito de la National Environmental Policy Act (ley nacional de políticas sobre el medio ambiente, comúnmente conocida como NEPA). Desde entonces, un creciente número de países (incluida la Unión Europea) han adoptado la EIA, aprobando leyes y creando organismos para garantizar su implantación.

Una Evaluación de Impacto Ambiental suele comprender una serie de pasos:

  • Un examen previo, para decidir si un proyecto requiere un estudio de impacto y hasta qué nivel de detalle.
  • Un estudio preliminar, que sirve para identificar los impactos claves y su magnitud, significado e importancia.
  • Una determinación de su alcance, para garantizar que la EIA se centre en cuestiones clave y determinar dónde es necesaria una información más detallada.
  • El estudio en sí, consistente en meticulosas investigaciones para predecir y/o evaluar el impacto, y la propuesta de medidas preventivas, protectoras y correctoras necesarias para eliminar o disminuir los efectos de la actividad en cuestión.

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FUENTE:

https://es.wikipedia.org/wiki/Impacto_ambiental 

M.J.D.




miércoles, 21 de marzo de 2018

Legislación argentina sobre energía y ambiente (1956 a 2004)

Legislación argentina sobre energía y ambiente (1956 a 2004)

1. Decreto Ley 22.498/56. Organización de la Comisión nacional de energía Atómica (CONEA) autoridad de aplicación
2. Ley 15.636/60. Ley federal de energía eléctrica. Régimen de energía eléctrica. Modificada por Ley 24.065/91.
3. Ley 17.048. Aprobó la Convención de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, de 1963.
4. Ley 17.319/68. Ley de Hidrocarburos. Establece la obligación de adoptar medidas para evitar daños.
5. Ley 17.405/68. Crea la Comisión Nacional de la Cuenca del Plata. Integrada por todos los países con jurisdicción en el área, tiende a establecer una política integral de manejo regional de sus recursos naturales.
6. Ley 17.711. Modifica el artículo 2618 del Código Civil. Dispone que las molestias que ocasionen el humo, calor, olores, luminosidad, ruido, vibraciones y daños similares por ejercicio de actividades en inmuebles vecinos no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque medien autorizaciones para aquellas
7. Ley 18.590/70. Aprueba el tratado de la Cuenca del Plata (Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay).
8. Ley 18.602/70. Otorga jurisdicción a las provincias en el ámbito de las 3 millas marinas adyacentes a sus costas.
9. Ley 19.587/72. Decreto Reglamentario 351/79. Ley de Higiene y seguridad en el trabajo. Contiene un capítulo titulado “Contaminación ambiental”.
10. Ley 20.026. Establece los parámetros en la determinación de residuos en productos de origen animal, en elementos a usarse en fábricas, etc.
11. Ley 20.094/73. Establece la prohibición de contaminar las aguas navegables.
12. Ley 20.126/73. Crea el Instituto nacional de Ciencias y Técnicas Hídricas (INCYTH) que tiene por objeto centralizar el estudio e investigación de los recursos hídricos. Deroga las Leyes 18.629/70 y 17.543.
13. Ley 20.652/74. Establece el régimen de explotación y comercialización del carbón por Yacimientos Carboníferos Fiscales (YCF). Incluye el resguardo de las condiciones ambientales.
14. Ley 21.111/75. Créditos para trabajos de forestación y reforestación. Modifica el artículo 59º de la Ley 13.273/48.
15. Ley 21.353/76. Ratifica el Convenio Internacional de Prevención de la Contaminación de Aguas del mar por Hidrocarburos, abierto a la firma en Londres el 12/05/54 con las enmiendas adoptadas por la Conferencia Internacional de Londres (1962) y las adoptadas por Resolución A/175 (1969) de la Asamblea de la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental.
16. Decreto 2125/78. Establece el sistema del principio contaminador-pagador. Reglamenta las cuotas de resarcimiento por contaminación.
17. Ley 22.211/80. Promoción de la actividad agropecuaria en tierras rurales de baja productividad: tierras áridas, anegadizas, salinas. Establece el régimen de desgravación fiscal.
18. Decreto Reglamentario 1886/83. Deroga al Decreto 4516/73 el Título IV – Capítulo 11: De la contaminación de las aguas del régimen de navegación marítima, fluvial y lacustre que deroga el Digesto Marítimo y Fluvial (Decreto 125571/38).
19. Ley 22.246/90. Minerales y materiales nucleares. Zonas de prospección obligatorias. Modifica al Decreto Ley 22.477/56.
20. Ley 22.284/73. Ley de preservación de los recursos del aire.
21. Resolución 233/86. Aprueba reglamento general para el transporte de material peligroso por carretera. Secretaría de Transporte de la Nación.
Resolución 720/87. Listado de materiales peligrosos. Tabla de incompatibilidades de materiales peligrosos. Guías de emergencia. Elementos identificatorios, vehículos y embalajes. Subsecretaría de transporte de la Nación.
22. Resoluciones 475/87 y 718/87 de la Secretaría de Energía. Aprueban el Manual de Gestión Ambiental para Obras Hidráulicas con aprovechamiento energético.
23. Ley 23.614/88. Ley de Promoción Industrial. Deroga el Decreto Ley 19.904/72, las leyes 20.560/73 y 21.608/77 y sus respectivos decretos reglamentarios.
24. Ley 23.724/89. Ratifica el Convenio de Viena del 22/03/85 para la protección de la capa de ozono.
25. Decreto 674/89. Reemplaza al Decreto 2.125/78. Principio Contaminador-Pagador (pago de cuota de resarcimiento por parte de aquéllos que vuelcan efluentes industriales a las aguas lindantes).
26. Ley 23.778/90. Ratifica el Protocolo de Montreal del 16/09/87. Enumera las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
27. Ley 23.879/90. Impone la evaluación ambiental de obras hidráulicas. Construcción y planificación de represas nacionales y/o extranjeras.
28. Resoluciones 149/90 y 154/93 de la Secretaría de Energía. Aprueban el Manual de Gestión Ambiental de Centrales Térmicas Convencionales para generación de energía eléctrica.
29. Ley 24.040/91. Establece restricciones a la producción, utilización, comercialización, importación y exportación de sustancias agotadoras de la capa de ozono definidas en el Protocolo de Montreal.
30. Ley 24.065. Marco regulatorio de la Energía eléctrica. Establece la protección de cuencas hídricas y ecosistemas involucrados.
31. Ley 24.076/91. Regula el transporte y distribución del gas natural. Crea el Ente Nacional Regulador del Gas.
32. Ley 24.105/91. Aprueba el tratado sobre protección, preservación, conservación y saneamiento del ambiente y de utilización racional y equilibrada de los recursos naturales entre Argentina y Chile. Decreto Reglamentario 1317.
33. Ley 24.145/91. Ley de federalización de hidrocarburos y transformación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales en Sociedad Anónima.
34. Decretos 2419/91 y 177/92. Crea la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación y establece los objetivos.
35. Ley 24.197/93. Protección del ambiente humano y de los recursos naturales. Estudio de factibilidad ambiental de proyectos de ingeniería y obras públicas. Vetada en su totalidad por el Decreto 1096/93.
36. Resolución SE 252/93. Guía y recomendaciones para la ejecución de estudios ambientales.
37. Decreto 2000/93. Pagos servidumbres y daños a superficiarios.
38. Ley 24.295/93. Aprueba la Convención marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. El Decreto 2.213/02 designa a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Autoridad de Aplicación de esta ley.
39. Ley 24.354. Determina la obligatoriedad de la Evaluación de Impacto Ambiental para los proyectos de inversión pública nacional.
40. Ley 24.375/94. Aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica. El Decreto 1.347/97 establece la Autoridad de aplicación de la ley.
41. Resolución 16/94 de la Administración de Parques Nacionales. Establece un régimen de estudios e informes ambientales que se requerirán para la ejecución de proyectos en áreas sujetas a la Ley 22.351. Complementada por la Resolución 106/95.
42. Resolución 32/94 del Ente Nacional Regular de Energía (ENRE). Complementada por Resolución 52/95.
43. Resolución 349/94. Residuos biopatológicos.
44. Resoluciones 60/95 y 61/95 del Ente Nacional Regulador Nuclear.
45. Resolución 186/95 de ENARGAS para construcción de gasoductos y Resolución 52/97 para oleoductos.
46. Ley 24.776/97. Aprueba la Convención sobre Seguridad Nuclear adoptada en Viena.
47. Ley 24.930/98. Acuerdo entre la Argentina y Brasil sobre cooperación en materia ambiental.
48. Ley 24.980/98. Acuerdo de cooperación entre la Argentina y Marruecos en materia de usos pacíficos de la energía atómica (Rabat, 1996).
49. Ley 24.981/98. Acuerdo de cooperación entre la Argentina y Costa Rica para el desarrollo y la aplicación de usos pacíficos de la energía nuclear (Buenos Aires, 1992).
50. Ley 25.018/98. Régimen de gestión de residuos radiactivos; derogación del fondo de repositorios finales de residuos nucleares de alto nivel (Decreto 1540/94).
51. Ley 25.019/98. Declara de interés nacional la generación de energía eléctrica de origen eólico y solar en todo el territorio nacional.
52. Ley 25.389/00. Aprueba las enmiendas al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que agotan la Capa de Ozono.
53. Ley 25.438/01. Aprueba del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
54. Ley 25.670/02. Presupuestos mínimos para la gestión y eliminación de PCBs. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs y la importación y el ingreso al territorio nacional de PCB o equipos que contengan BCBs.
55. Ley 25.675/02. Ley General del Ambiente. Establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. La política ambiental estará sujeta al cumplimiento de los siguientes principios: de congruencia, de prevención. Precautorio, de equidad intergeneracional, de progresividad, de responsabilidad, de subsidiariedad, de sustentabilidad, de solidaridad y de cooperación. Reglamentada por el Decreto 2.413/02.
56. Ley 25.688/02. Establece los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.
57. Ley 25.916/04. Establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de residuos domiciliarios. Reglamentada por Decreto 1158/04.
58. Ley 25.975/04. Modifica los artículos 3º y 5º de la Ley 23.879 y su modificatoria.


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FUENTE:

http://inti.gob.ar/e-renova/pdf/legislacion.pdf


 

martes, 13 de febrero de 2018

Refrigerantes y medio ambiente


Refrigerantes y medio ambiente.



 
Evidencias del calentamiento global (efecto invernadero):
El efecto invernadero es necesario para la vida en la Tierra. Sin él, se estima que la temperatura en la superficie terrestre estaría en torno a los -18 °C. Las emisiones de gases de efecto invernadero se contrarrestan de forma natural hasta que la contribución de dichos gases se desequilibra con gases de procedencia no natural. En la figura se pueden observar los efectos del aumento global de la temperatura quedan evidenciados por las conclusiones que se desprenden de las medidas de las temperaturas en todos los continentes, del nivel del mar en la mayoría de los océanos y del espesor de la cubierta de nieve en el Hemisferio Norte.
  
 Las causas a las que se atribuye el aumento del promedio mundial de las temperaturas desde mediados del siglo XX se encuentran, en su mayor parte, en la observación del aumento de las concentraciones de los llamados Gases de Efecto Invernadero (GEI) antropógenos o gases invernadero. Las emisiones mundiales de GEI causadas por actividades humanas han aumentado, desde la era preindustrial, en un 70% entre 1970 y 2004. El dióxido de carbono (CO2) es el GEI antropógeno más importante y por este motivo se toma como referencia en el análisis de la influencia de otros GEI en el calentamiento global.
Contribución de los gases en el efecto invernadero:
Gas invernadero
Contribución sobre el total (%)
Dióxido de carbono (CO₂)
35-65
Metano (CH₄)
10-25
Hidrocarburos halogenados CFC’s, HFC’s y PFC’s
5-25
Óxido nitroso (N₂O)
2-10
Ozono (O₃) troposférico
2-10
Para establecer una comparación entre el potencial de calentamiento de los gases, se define el potencial de calentamiento global (Global Potential Warming, GWP) como la masa de CO2, en kg, que tendría que ser emitida a la atmósfera para provocar el mismo efecto sobre el calentamiento atmosférico que la emisión de 1 kg de una determinada sustancia. Es, en definitiva, el cociente entre la intensidad de absorción de radiación infrarroja (a la que se llama α
en la ecuación) provocada en un intervalo temporal (usualmente de 100 años, aunque puede establecerse en 20 ó 500 años) por la emisión de 1 kg de una sustancia “i” a la atmósfera, y la absorción provocada en el mismo tiempo por la emisión de 1 kg de CO2, siempre teniendo en cuenta el grado de disolución del gas en la atmósfera, dado que la capacidad de absorción depende de su concentración. Así,


La ecuación valora solamente el efecto directo (D) de la emisión de un gas de efecto invernadero (GEI) a la atmósfera, pero no tiene en cuenta la posibilidad de que un gas “i”, pudiendo tener un GWP más alto que otro, pueda, sin embargo, conseguir una operación más eficiente en la instalación o la máquina de la que forma parte que otro, con un GWP menor, lo que redundaría en definitiva, en un menor consumo de energía primaria y, por tanto, en menores emisiones de GEI a la atmósfera. Este efecto es el efecto indirecto, I, que se tiene en cuenta en la definición del impacto total equivalente de calentamiento (TEWI, Total Equivalent Warming Impact) que se obtiene de la expresión:
TEWI=D+I=GWP⋅m⋅f⋅t+GWP⋅m⋅(1−α)+E⋅t⋅A
Siendo:
  • m: carga de refrigerante en la instalación, en kg.
  • f: proporción anual de fugas, en kgf/ kgref/ año.
  • t: tiempo estimado de vida útil del equipo, en años.
  • α:fracción de refrigerante recuperado al final de la vida útil de la instalación, en kgr/ kgref
  • E: consumo anual de energía de la instalación, en kWh/año.
  • A: previsión de masa emitida de CO2 por unidad energética eléctrica disponible por el usuario, en función del tipo de fuente energética de la que procede, en kg/kWh. En el caso de instalaciones alimentadas con energía eléctrica de la red, A=0,6kg/kWh

Evolución del agujero de la capa de ozono antártico:
El ozono estratosférico protege a los organismos vivos de la radiación ultravioleta nociva, de longitudes de onda menores de 290 nm. La llamada capa de ozono ocupa una zona de la estratosfera situada entre los 15 y 40 km de altura en la que se encuentra una concentración de entre 2 y 8 ppm de ozono. El ozono se produce según las siguientes reacciones:
O2+hν→O+O
O+O2+M→O3+M
Y se destruye según estas otras:
O2+hν→O+O2
O+O2→2O2
Las cuatro reacciones anteriores forman parte del ciclo básico de formación y destrucción del ozono estratosférico. En todas ellas, es necesaria la energía del fotón que inicia la reacción, hν. M se refiere a cualquier molécula que transporte la energía liberada por calor en segunda reacción. En presencia de especies químicas como H, OH, NO, Cl o Br (en general, X), tiene lugar la reacción de destrucción de ozono,
O3+X→OX+O2
OX+O→O2+X
De esta forma, la especie X queda intacta y dispuesta a reaccionar nuevamente con otra molécula de ozono. Así, se estima que un átomo de cloro puede destruir hasta 105 moléculas de ozono [La puerta Amigo & Armas, 2012]. Así es como se ha llegado a la situación en la que actualmente se encuentra la capa de ozono sobre la Antártida, que se puede visualizar de una forma evidente en la figura a continuación.





En lo que a refrigerantes se refiere, los átomos de cloro en la atmósfera proceden de la fotólisis de los CFC y de los HCFC. El potencial de destrucción de la capa de ozono (ODP, Ozone Depletion Potential), se define refiriéndose al CFC más reactivo, que es el R11, al que se asigna el valor unidad. El ODP en HCFC está comprendido entre 0,02 y 0,2 y es nulo en los HFC y en los PFC, aunque son muy estables y, por tanto, su tiempo de permanencia en la atmósfera es grande (mayor en los PFC incluso que en los HFC).

ODP y GWP de refrigerantes:
 



Reglamento europeo sobre gases fluorados de efecto invernadero:
El Consejo Europeo ha adoptado medidas en lo que a emisiones de Gases Fluorados de Efecto Invernadero (GFEI) se refiere. Dichas medidas quedan recogidas en el Reglamento Europeo sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, de aplicación desde el 1 de enero de 2015. De manera muy resumida y por lo que afecta en el sector de la Climatización, cabe señalar que en dicho Reglamento se insta a la reducción de GEI en la Unión Europea en un 80 a 95% en 2050 con respecto a los niveles de 1990, con el objetivo de proteger el medio ambiente, estableciendo normas sobre contención, uso, recuperación y destrucción de GFEI y sobre condiciones de comercialización de productos y aparatos específicos que contengan GFEI o dependan de ellos. Igualmente, establece condiciones en usos específicos de GFEI y fija límites cuantitativos en la comercialización de hidrofluorocarburos.
En cuanto a control de uso, en dicho Reglamento se determina que a partir del 1 de enero de 2020 quedará prohibida la utilización de GFEI con un GWP igual o superior a 2500 para revisión o mantenimiento de aparatos de refrigeración con un tamaño de carga igual o superior a 40 toneladas equivalentes de CO2 para GFEI vírgenes. No obstante, hasta el 1 de enero de 2030 y para el uso citado anteriormente se permitirán los GFEI regenerados (tras haber sido adecuadamente etiquetados) y reciclados (siempre que se hayan recuperado de los mismos aparatos revisados y sean utilizados por la misma empresa que haya realizado la recuperación). Son destacables, también, las restricciones de la comercialización que se establecen en el citado Reglamento, recogidas en las prohibiciones de comercialización de productos y aparatos que contengan HFC o cuyo funcionamiento dependa de ellos, relativos al sector de la climatización y de la refrigeración.
Así, se fijan las siguientes prohibiciones:
“A partir de 1 de enero de 2020:
Aparatos fijos de refrigeración que contengan HFC, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un GWP igual o superior a 2.500, excepto los aparatos diseñados para aplicaciones destinadas a refrigerar productos a temperaturas inferiores a -50 ˚C.
Sistemas de aire acondicionado móviles (sistemas sellados herméticamente que el usuario final puede mover de una habitación a otra) que contengan gases fluorados con un GWP igual o superior a 150.
A partir de 1 de enero de 2022:
Sistemas centralizados de refrigeración múltiples, para uso comercial, con una capacidad igual o superior a 40 kW, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un GWP igual o superior a 150, excepto en los circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada, en que pueden emplearse gases fluorados de efecto invernadero con un GWP inferior a 1500.
A partir de 1 de enero de 2025:
Sistemas partidos de aire acondicionado con una sola unidad interior que contengan menos de 3 kg de gases fluorados o cuyo funcionamiento dependa de ellos, con un GWP igual o superior a 750.
Previa solicitud motivada de una autoridad competente de un Estado miembro, la Comisión podrá autorizar de modo excepcional, y mediante actos de ejecución, exenciones temporales de cuatro años para permitir la comercialización de algunos de los productos y aparatos enumerados anteriormente, en caso de que se haya demostrado que:
- Para una aplicación determinada, no se dispone de alternativas o no se puede recurrir a ellas por motivos técnicos o de seguridad.
- Su uso genere costes desproporcionados.
A efectos de instalación, revisión, mantenimiento, reparación o desmontaje de los aparatos fijos de aire acondicionado, bombas de calor fijas, aparatos fijos de refrigeración, etc., los GFEI solo podrán venderse a empresas que dispongan de los certificados correspondientes.
Los aparatos que no estén herméticamente cerrados y que estén cargados con hidrofluorocarburos comercializados, solo podrán venderse al usuario final cuando se disponga de pruebas de que la instalación se realizará por una empresa certificada.”
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 FUENTE:


http://dim.usal.es/eps/mmt/?p=3866